La petición fue presentada por la familia Crapuzzi, quienes en 2024, mediante una acción de amparo, lograron que el TCP emitiera la Sentencia 0531/2024-S3, ordenando la entrega de documentos de propiedad del mercado Mutualista a su favor, en contra del municipio de Santa Cruz de la Sierra. Dávalos confirmó que ya se ha registrado la denuncia por supuesto incumplimiento de esta sentencia constitucional.
“Se ha recibido una solicitud de denuncia por incumplimiento que actualmente está siendo analizada por las autoridades competentes para decidir si procede o no. En caso de considerarse que la sentencia ya ha sido cumplida, se podría declarar no ha lugar”, explicó el magistrado, quien aclaró que la sentencia fue dictada por anteriores autoridades del TCP y que será responsabilidad de la actual administración emitir un dictamen definitivo.
El procedimiento establece que primero se remita el caso a la Sala Constitucional que conoció inicialmente la acción de amparo, en este caso la de Santa Cruz. Si alguna de las partes no está conforme con la decisión, puede impugnarla, y el TCP decidirá sobre el recurso de queja presentado. Dávalos señaló que, aunque existen plazos para resolver este tipo de recursos, la atención dependerá de la prioridad que se otorgue dentro de la carga procesal del tribunal.
Asimismo, el magistrado indicó que hay múltiples acciones constitucionales vinculadas a este tema, las cuales también deben ser consideradas para emitir una resolución integral y coherente sobre el caso.
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